
La evaluación de un proyecto por la Prestadora, para informar si está aprobado o no, pasa de 45 días antes a 10 días ahora, mejorando los tiempos.
El 19 de enero de este año 2026 fue publicado el nuevo Reglamento de Generación Distribuida, por vía del cual se regirá a partir de ahora todas las instalaciones de paneles solares en residencias, comercios e industrias en la Republica Dominicana con los Prestadores de Servicio, como son: las públicas (EDES), privadas (Puerto Plata Electricidad, El Progreso El Limón, y Compañía Luz y Fuerza Las Terrenas) y los Sistemas Aislados (CEPM, Costasur, Punta Cana y CENETUR).
Luego de más de 3 años de reuniones y vistas públicas entre los sectores empresarial, social y gubernamental se ha logrado llegar a un consenso para el desarrollo sostenible de la energía solar de autoconsumo y su masificación.
Me siento satisfecho con la mayoría de las nuevas reglas impuestas en el Reglamento y publicadas por la SIE, y con mucha alegría digo que a población si se podrá beneficiar del sol sin tanta burocracia e interpretaciones innecesarias, ahora si se pueden poner paneles solares.
Entre los beneficios estratégicos que considero que han sido mejorados son:
Lo único negativo del Reglamento es que se otorgue un plazo de 5 años para cambiar a la nueva regulación, desde el momento en que se firmó el contrato de interconexión para usuarios que ya tengan paneles solares instalados y que los Monómicos van a tener que pagar 25% de la energía inyectada al precio de la energía de compra, lo que afecta a las residencias que consumen menos de 10 kw de potencia y a todos los usuarios de los Sistemas Aislados.
Lo mejor es enemigo de lo bueno, pero por lo menos hemos tenido un avance positivo considerable para el desarrollo sostenible de la energía solar en la Republica Dominicana, lo que favorecerá tanto a los sectores de clase media como al sector comercial e industrial, y debemos abocarnos a dejar que el sol pague por ti.
https://acento.com.do/opinion/ahora-si-se-pueden-colocar-panales-solares-9615467.html











